tag:blogger.com,1999:blog-4580489716038636075.post2009071354599895466..comments2023-10-08T10:56:09.585+02:00Comments on Mansico de Oro: Gravamen de la Base Liquidable General - IRPF NavarraOceanOhttp://www.blogger.com/profile/14285330153435414324noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-4580489716038636075.post-68940971888745385152015-01-30T00:18:59.053+01:002015-01-30T00:18:59.053+01:00Hola Anónimo:
Me sorprende que hayas llegado despu...Hola Anónimo:<br />Me sorprende que hayas llegado después de tanto tiempo a este blog abandonado.<br />Ya que estás aquí, intento responderte.<br />La tabla que incluimos en la entrada era la que estaba en vigor en el momento en que lo escribimos, allá por el año 2009, cuando hacíamos la declaración del 2008. Ya han pasado 6 años, y en este tiempo han ido cambiando las leyes.<br />Por eso, la tabla en vigor para la campaña de 2013, la declaración que hicimos en 2014, es la que tú has enlazado.<br />Así que gracias por actualizarnos la entrada, por si algún náufrago más de estos mares procelosos de internet arriba a esta abandonada orilla.OceanOhttps://www.blogger.com/profile/14285330153435414324noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4580489716038636075.post-78850936841774746082015-01-12T17:18:20.589+01:002015-01-12T17:18:20.589+01:00Buenas, no sé si este artículo es ya muy viejo par...Buenas, no sé si este artículo es ya muy viejo para que veáis mi comentario....<br />tengo una duda, la tabla que has puesto en tu artículo sigue todavia vigente hasta el dia de hoy.<br />Sin embargo, siempre que he hecho la declaración me han aplicado la tabla que aparece en la web de navarra.es (https://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Economia+y+Hacienda/Organigrama/Estructura+Organica/Hacienda/Informacion+Fiscal/Preguntas+mas+frecuentes/Impuesto+sobre+la+renta+de+las+personas+fisicas/IRPF/Cuota+integra+y+deducciones/tarifa.htm)<br /><br />En esta última tabla los porcentajes son ligeramente más altos.<br />¿Por qué? ¿Nos están cobrando demás? ¿no es lo mismo el gravamen que las tarifas a aplicar? ¿me estoy perdiendo algo?<br /><br />Gracias!Anonymousnoreply@blogger.com