Ahora que estamos en campaña de declaraciones y aunque los programas de ayuda del Gobierno de Navarra lo calculan automáticamente, algunos quizás queráis saber el tipo al que se paga la cuota del IRPF sobre la Base Liquidable.
Atiendo así la petición de nuestro compañero Robertus Maximus, que tenía esa curiosidad y no encontraba el dato.
Como estos temas son un poco embarullados y existe el riesgo de encontrar por ahí una tabla desactualizada, a continuación tenéis la que rige para la campaña en curso, es decir, la del 2008 que se está realizando en Abril de 2009, extraída del Artículo 59 (página 44) del "Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio)" en vigor desde el 1 de Julio del 2008, según la actualización dada por la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre, BON nº 159 de 31.12.08, artículo 1, apartado ocho, con efectos a partir del 1 de enero de 2009.
Artículo 59. Gravamen de la base liquidable general
1. La base liquidable general será gravada a los tipos que se indican en la siguiente escala:
BASE LIQUIDABLE HASTA (euros) CUOTA ÍNTEGRA (euros) RESTO BASE HASTA (euros) TIPO APLICABLE PORCENTAJE 3.765 13 3.765 489,45 4.600 22 8.365 1.501,45 8.885 25 17.250 3.722,70 13.070 28 30.320 7.382,30 15.160 36 45.480 12.839,90 Resto 42
2. Se entenderá por tipo medio de gravamen el resultado de multiplicar por 100 el cociente obtenido de dividir la cuota resultante de la aplicación de la escala por la base liquidable general. El tipo medio de gravamen se expresará con dos decimales.
Espero que os resulte de utilidad.
